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Responsabilidad Civil

SEGUROS

Protección específica para empleados públicos

Los empleados públicos también asumen riesgos en el desempeño de su trabajo. Las reclamaciones existen. Como otras profesiones, los trabajadores de las administraciones públicas necesitan de una adecuada defensa y cobertura frente a posibles riesgos.

Mínimo coste.

Y todo ello por sólo 30€ al año.

Máximas coberturas, máxima.

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GARANTIAS Y SERVICIOS
  • Responsabilidad Civil Profesional: 300.000 euros (si ya tuvieras un seguro de responsabilidad civil profesional, esta póliza actuará, en exceso de los límites que tengas contratados, aumentando tu garantía). Se cubre también la responsabilidad por reintegro por alcance.
  • Defensa Jurídica: Los abogados de la compañía se encargarán de tu defensa sin límite de honorarios. Si lo deseas, podrás elegir libremente abogado. En este caso, el límite de los gastos legales es de 3.000 euros. Incluye los procedimientos en los que se invoque conducta dolosa del asegurado.
  • Constitución de fianzas civiles y en garantía de libertad provisional.
  • Reclamación a contrarios.
  • Daños a expedientes y documentos: hasta 60.000 euros .
  • Asistencia jurídica telefónica: consultas ilimitadas 24 horas los 7 días de la semana.
  • Ámbito geográfico: Unión Europea.
  • Ámbito temporal: criterio de la reclamación (retroactividad diez años).
¿POR QUÉ SUSCRIBIR ESTE SEGURO?
  • Porque otorga máxima tranquilidad por un reducido coste.
  • Porque complementa la protección del seguro de responsabilidad civil que tú o la Administración para la que trabajas tuvierais contratado.
  • Porque proporciona la defensa jurídica más amplia, incluso en los supuestos de presunto dolo del asegurado.
  • Porque cubre la constitución en sí de las fianzas para garantizar libertad provisional, sin limitarse únicamente a los gastos derivados de la constitución de las fianzas.
  • Porque no tiene franquicias (excepto en la cobertura de daños a documentos que será del 10% del importe del siniestro con un mínimo de 150 euros).
  • Porque ofrece un servicio de asistencia jurídica telefónica 24 horas al día, los 365 días del año.
  • Porque tiene cobertura mundial en caso de que el asegurado participe en seminarios, congresos o simposios.
  • Porque se cubren las reclamaciones contra el asegurado cuyo origen se encuentre en los últimos diez años.
¿QUIÉN DEBE SUSCRIBIR ESTE SEGURO
  • Empleados públicos al servicio de las Administraciones Públicas (Ayuntamientos, Diputaciones, Comunidades Autónomas, Ministerios, empresas y entidades públicas).
  • Personal al servicio de los poderes del Estado y órganos constitucionales (Poder Judicial, Cortes Generales, Parlamentos autonómicos, Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas, etc.).
  • Empleados públicos que hayan cesado en su actividad como consecuencia de incapacidad profesional, retiro o cese.
FAQs
  • ¿Qué es el seguro de empleados públicos?

    Es la solución para garantizar tu tranquilidad en el desempeño de tu trabajo como empleado público. Te ofrece la mayor protección en caso de reclamaciones derivadas de tu responsabilidad civil profesional.

    Te proporciona protección por sí mismo, pero también actúa como un complemento imprescindible a las pólizas de responsabilidad civil profesional, particulares o colectivas, en las Administraciones Públicas, ampliando el límite de indemnización ante posibles reclamaciones. Además, incluye un completo servicio de protección jurídica para defender tus intereses ante posibles conflictos.

  • ¿Cuáles son las garantías de este seguro?
    • Responsabilidad Civil Profesional: 150.000 euros (en su caso, en exceso de los límites que te ofrezcan otras pólizas aplicables).
    • Defensa Jurídica: Los abogados de la compañía se encargarán de tu defensa sin límite de honorarios. Si lo deseas, podrás elegir libremente abogado. En este caso, el límite de los gastos legales es de 3.000 euros. Incluye los procedimientos en los que se invoque conducta dolosa del asegurado.
    • Constitución de fianzas civiles y en garantía de libertad provisional.
    • Reclamación a contrarios.
    • Daños a expedientes y documentos: hasta 60.000 euros
    • Asistencia jurídica telefónica: consultas ilimitadas 24 horas al día durante los 7 días de la semana.
    • Ámbito geográfico: Unión Europea.
    • Ámbito temporal: criterio de reclamación (retroactividad diez años).
  • ¿Para qué me sirve este seguro?

    Para protegerte ante cualquier reclamación derivada del desempeño de tu trabajo y que pueda superar el límite de indemnización del seguro de responsabilidad civil profesional que tengas contratado tú, a título particular, o la Administración para la que trabajes.

  • Si la Administración me suspende, ¿me seguirán defendiendo?

    Por supuesto. Este seguro vela por tus intereses. La compañía aseguradora te prestará sus servicios de protección jurídica. Además, en el caso de que seas suspendido profesionalmente se te garantiza una indemnización durante 12 meses hasta un máximo de 1.200 euros.

  • ¿Quién puede contratar este seguro?

    Cualquier empleado de la Administración:

    • Empleados públicos al servicio de las Administraciones Públicas (Ayuntamientos, Diputaciones, Comunidades Autónomas, Ministerios, empresas y entidades públicas), incluyendo personal al servicio de los poderes del Estado y órganos constitucionales (p.e.: Poder Judicial, Cortes Generales, Parlamentos autonómicos, Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo y órganos equivalentes de las Comunidades, Tribunal de Cuentas y órganos equivalentes de las Comunidades) legalmente habilitados para el ejercicio de su profesión, única y exclusivamente en el desempeño de sus funciones y deberes profesionales por cuenta de la entidad pública para la que presten servicio.
    • Empleados públicos que hayan cesado en su actividad como consecuencia de incapacidad profesional, retiro o cese (que no sea consecuencia de sanción disciplinaria), exclusivamente por las funciones desarrolladas mientras ostentaba la condición de empleado público.
    • Herederos y legatarios, representantes legales y/o causahabientes de cualquier de los asegurados, respecto a las responsabilidades profesionales que les pudieran ser exigibles en caso de fallecimiento, incapacidad, insolvencia o procedimiento concursal en que estuvieran incursos.
  • Si ya tengo un seguro de responsabilidad civil, ¿me puede interesar contratar esta póliza?

    Sí, ya que este seguro te permitirá ampliar con 150.000 euros adicionales el límite de indemnización que ya tuvieras y, además, te dará acceso a las más amplias coberturas para tu defensa jurídica.

  • ¿Puede elegir cualquier abogado para defenderme?

    Sí, hay libertad de elección de abogado. Si se confía en los abogados de la compañía, no existe límite alguno a los honorarios de los mismos. En caso de que quieras solicitar el servicio de otro abogado ajeno a la aseguradora, el límite de la garantía se establece en 3.000 euros.

  • ¿Qué reclamaciones están cubiertas?

    Las reclamaciones derivadas de tu responsabilidad civil profesional como empleado público que se presenten durante la vigencia del seguro. También cubre tu defensa jurídica en todo tipo de procedimientos judiciales o administrativos relacionados con tu actividad profesional. La póliza incluye una retroactividad de 10 años.

  • ¿Cuál es el coste del seguro?

    Es muy económico. Sólo 30 euros al año. Coste único con independencia de la fecha de alta en el seguro. Cobertura de 1 de octubre a 30 de septiembre del siguiente año.

  • ¿Quién garantiza este seguro?

    Esta póliza está garantizada por W.R. Berkley Insurance. W. R. Berkley Corporation es un grupo fundado en 1967 en Estados Unidos. Está integrado por 34 compañías de seguros independientes. Cada una opera en un nicho de mercado diferente que requiere un conocimiento altamente especializado sobre cada territorio o producto.

    W. R. Berkley Insurance (Europe), Limited, con sede en Londres, forma parte de este grupo empresarial, con un alcance mundial que se extiende por toda Europa y Oceanía. La Compañía cuenta con el ratio "A" (Excellent) otorgado por A.M. Best Co., y "A" (Strong) por Standard and Poor's.

    Es especialista en el aseguramiento de la responsabilidad civil profesional de los empleados públicos, contando como clientes al Servicio Murciano de Salud, la Unidad Militar de Emergencias, funcionarios del Ministerio de Economía y Hacienda, Diputación Provincial de Valencia, Universidades de Valladolid y Salamanca, Consejo General del Notariado, entre otros.

En colaboración con ROSILLO HNOS, S.A. Correduría de Seguros, Sociedad Unipersonal inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja 66531 , Tomo 735, Folio 146, N.I.F. A78022068. Inscrita en el Registro Especial de Sociedades de Correduría de Seguros con clave J 78. Capacidad financiera y Seguro de responsabilidad Civil concertado según lo previsto en la Ley 26/2006, de 17 de Julio.

Términos Generales del Acuerdo Comercial
Temario Oficial de la Policía Local de la Comunitat Valenciana (ASCENSO)
60.00 €