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PRENSA

Condenan a Alicante a pagar 132.000 euros por jubilar a un funcionario de 40 años

01 julio 2014 916 visitas

Elmundo.es

SENTENCIA Denuncia del sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos

  • Retiró a un policía con incapacidad para servir en la calle, pero no para otras tarea

  • El sindicato pide la ´segunda actividad´ para que no se actúe ´por nepotismo´

  • El Síndic ya alertó de las colocaciones ´a dedo´ desde Recursos Huma

    El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Alicante ha condenado al Ayuntamiento de Alicante a pagar 132.322,02 euros a un policía local al que intentó jubilar con apenas 40 años. Según el fallo, la Concejalía de Recursos Humanos, que dirige el edil Juan Seva, se verá obligada a ingresar en la cuenta del trabajador esta cantidad después de que el juez considerase la jubilación improcedente. Ahora Alicante pagará de golpe las retribuciones brutas que el funcionario público dejó de percibir entre el 23 de enero de 2009 y el 11 de febrero de 2013, cuando se le obligó a retirarse, más 5.200 euros desde intereses desde la fecha de la notificación de la sentencia.

    Fuentes de Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos (SPPLB) explicaron que el empleado había declarado una incapacidad permanente que «le impedía seguir desarrollando su trabajo como policía local en la calle»; sin embargo, «no había ningún problema para que desarrollase otro tipo de tareas, como administrativas». Pese a esto, el departamento de Recursos Humanos decidió «adoptar la decisión de intentar jubilarlo», algo que fue recurrido por el de funcionario través de los servicios jurídicos del SPPLB. Ahora un juez considera este paso improcedente y no sólo obliga a la Administración a pagar al trabajador la parte del salario que debería de haber percibido en este periodo, sino que también deberá reincorporarlo.

    El modelo de segunda actividad suele darse en los puestos de mayor riesgo de una Administración, como Policía o bomberos. Consiste en que aquellas personas que acreditan algún tipo de discapacidad (normalmente sobrevenida) para realizar las tareas habituales de su cargo, tengan la posibilidad de ejercer otra función regulada para reorganizar de manera efectiva la plantilla municipal. La mayor parte de ayuntamientos ha aceptado este modelo, pero no el de Alicante. De hecho, y según el sindicato, la sentencia condenatoria «responde a la negativa del Ayuntamiento de Alicante a considerar la segunda actividad como un puesto de trabajo efectivo a desarrollar por las personas que por derecho tienen reconocida tal situación administrativa». Para los representantes de los trabajadores, esto «se debe a la nefasta política de personal que opera desde hace muchos años, donde los puestos de trabajo no se ocupan por quien tendría mayor derecho a su acceso, sino por razones de nepotismo» y una «consecuente desviación de poder que genera que posteriormente se tenga que indemnizar a los perjudicados a costa de las arcas municipales».

    Según el SPPLB, lo «grave» más allá del hecho de que «se haya prescindido durante más de cuatro años de un funcionario que en todo momento fue idóneo para prestar servicio en la Administración», es la idea que subyace de que el departamento de Recursos Humanos organiza la plantilla «de manera arbitraria». En este sentido, el informe de la Sindicatura de Cuentas del año 2011 ya acusaba al departamento de no motivar algunos nombramientos, y de colocar a trabajadores a dedo. Uno de los ejemplos más sonados fue la destitución del funcionario que tenía que controlar las cuentas municipales, el interventor, y su recambio por otro que no es habilitado nacional

  • SEVA RECHAZÓ ACTIVAR UNA NORMA QUE REGULASE ESE TIPO DE CASOS

  • Pese a que el concejal de Recursos Humanos, ya tenía conocimiento de la sentencia que le obligaba a pagar 132.000 euros por prejubilar de manera improcedente a un funcionario, el edil no tuvo reparos en negarse en el pleno del pasado mes de mayo a aprobar una moción del grupo de UPyD que le pedía instaurar en todo el Ayuntamiento la segunda actividad. El edil hizo suyas las palabras de los técnicos -pese a que se trata de una decisión política- y aseguró que no regular este tipo de situaciones no suponía «ningún coste económico adicional» para las arcas municipales. «Una vez más, parece que Juan Seva falta a la verdad cuando contesta a las preguntas de la oposición», explicó el portavoz de UPyD, Fernando Llopis. «Lo lógico es entender la segunda actividad como un instrumento que permitiría que este tipo de situaciones no se volviesen a producir, especialmente porque al final quienes las pagan son todos los ciudadanos. Pero no parece que el equipo de Gobierno de Alicante pretenda guiarse por unos criterios racionales o de eficiencia». Según Llopis, la «falta de voluntad» para «poner en marcha la segunda actividad se debe, simple y llanamente, a la necesidad que tiene el PP de Alicante en mantener una red clientelar que le permita poner y quitar trabajadores a su antojo». «En este Ayuntamiento cualquier cosa que huela a regulación está mal vista, y nos da la impresión que ni al señor Seva le gustó rechazar una propuesta que permitiría mejorar la eficacia operativa de la plantilla municipal. Pero claro, a costa de tener que sacrificar los cauces habituales de colocación a dedo».