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PRENSA

Condenan al Ayuntamiento de Manises a pagar 12.500 euros a un policia por causarle daños morales

01 noviembre 2014 871 visitas

levante-emv.com

El fallo determina que el gobierno era conocedor de la degradación del delegado del SPLLB a un barrio sin delitos

01.11.2014 | 00:31

CÈSAR GARCIA MANISES El juzgado de lo contencioso- administrativo número 7 de Valencia ha condenado al Ayuntamiento de Manises, que preside el popular Francisco Izquierdo, a indemnizar por daños morales con 12.500 euros a un policía local que es delegado de Personal del Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos (SPPLB).

El fallo de la magistrada juez María Jesús Guijarro considera que «ha resultado acreditado que el actor ha sufrido perjuicios de los que debe ser resarcido por la Administración», que tiene «responsabilidad» por la «pasividad» con la que actuó el consistorio pese a ser conocedor de unos hechos ordenados por el anterior jefe de Policía, que trasladó en 2008 al agente al barrio de San Jerónimo para que lo patrullara a pie, cuando «carecía de sentido debido a su pequeño tamaño y escasa actividad delictiva», según la sentencia. Una vez el denunciante fue repuesto a su puesto tras la ejecución de otra sentencia a su favor por vulneración de derecho fundamental, ningún otro policía fue asignado de manera fija a esa barriada.

El sindicato recuerda que el consistorio ha sido condenado en otras cuatro ocasiones «por atentar contra los derechos constitucionales y discriminar» al policía y delegado del SPPLB, llegando a significar una de estas sentencias, dictada por la Audiencia Provincial, la inhabilitación del Intendente Jefe Alejandro Pérez, quien accedió al cargo con el exalcalde Enrique Crespo.

El demandante Juan Llácer reclamaba un daño patrimonial de hasta 25.000 euros por el «vía crucis» sufrido desde 2008, pero la jueza ha estimado sólo el periodo comprendido entre junio de 2009 y 2013, momento en el que es designado a su anterior puesto de policía de patrulla. Anteriormente a 2009, el consistorio sí que dio respuesta a su reclamación, notificandósela y no siendo recurrida, según se recuerda en la sentencia.

El ayuntamiento pretendía la prescripción porque el alta médica se produjo en abril de 2010 y su reclamación no se produjo hasta mayo de 2011. Sin embargo, la jueza no lo acepta porque la situación del delegado sindical del SPPLB se prolonga hasta 2013 y el consistorio era «conocedor de los hechos en los que se fundamente la reclamación, pues fueron denunciados en vía previa y en la posterior judicial, sin que por su parte conste que se realizó ni tan siquiera investigación alguna en orden a determinar si la organización policial que llevaba a cabo el jefe de Policía y que, según el actor afectaban al derecho de libertad sindical, era la más conveniente para el municipio por suponer un buen aprovechamiento de las fuerzas policiales o si por el contrario, tal y como se denunciaba, suponía no sólo una merma económica y/o moral para el recurrente sino también para el propio municipio a la vista de que los hechos consistían en la carencia de sentido de destinar a un policía al barrio de San Jerónimo».

Desde el SPPLB se exigió ayer que la responsabilidad pecuniaria derivada del fallo sea abonada por el gobierno del PP y, más exactamente por el entonces edil de Personal y ahora alcalde Izquierdo, pues «era plenamente conocedor de la situación debido a las innumerables denuncias e incluso manifestaciones y no hizo nada».