El Boletín Oficial del Estado de 15 de diciembre de 2.018 ha publicado el Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación de los Policías Locales. El cual entra en vigor el próximo día 2 DE ENERO DEL 2.019.
La Disposición Transitoria 2ª del R.D 1449/2018, 14 de diciembre, establece que el Policía Local que pretenda acceder voluntariamente a la “Jubilación Anticipada” DEBE COMUNICARLO al Ayuntamiento donde preste sus servicios con fecha límite de 31 de enero de cada año, al objeto de que dicha Administración Local pueda planificar y acogerse a la tasa de reposición adicional. La cual sólo será efectiva desde la presentación de la solicitud de jubilación anticipada por parte del Policía Local que pretenda acogerse a dicha modalidad.
LA COMUNICACIÓN LEGAL al Ayuntamiento por parte del Policía Local que pretenda acogerse a la jubilación anticipada debe realizarse entre el 2 de enero de 2019 (fecha de entrada en vigor del R.D. 1449/2018) y el 31 de enero de 2019. Aunque se puede COMUNICAR ANTICIPADAMENTE para que la Administración pueda adaptar sus capítulos de Personal.
Para cumplir con el deber de comunicación establecido por el R.D 1449/2018, por cada Policía Local que pretenda acogerse a la jubilación anticipada deberá presentarse un escrito ante el Registro General del Ayuntamiento. Para ayudaros en este trámite tan importante el SPPLB ha preparado un MODELO DE COMUNICACIÓN AL AYUNTAMIENTO, el cual se adjunta a este escrito.
Este escrito es una comunicación al Ayuntamiento, no olvidéis que la SOLICITUD DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA ES ANTE EL INSS, además deberéis realizar los siguientes trámites:
a) Solicitud de Vida laboral actualizada, se puede obtener con el DNI electrónico.
b) Comunicar al Ayto. antes del 31 de Enero vuestra intención de acogeros a la Jubilación Anticipada. (Adjuntar copia de la vida laboral)
c) Solicitar al Ayto. Certificado del tiempo prestado como funcionario carrera de la Policía Local.
d) A partir del 2 de Enero cumplimentar en la Oficina de la Seguridad Social, Solicitud de Jubilación Anticipada. Adjuntar la solicitud al Ayuntamiento, Certificación de los servicios como Policía Local, DNI (En caso de familia numerosa libro de familia) y en caso de matrimonio DNI del cónyuge.
Recordar a todos los afiliad@s al SPPLB que a partir de la JUBILACIÓN debéis de comunicar vuestra nueva situación al departamento de administración (administracion@spplb.org) ya que continuareis como AFILIADOS con todos los derechos que ello conlleva. ESO SÍ, SIN NINGÚN COSTE ECONÓMICO POR VUESTRA PARTE.
Valencia a 26 de Diciembre del 2018
Recibe las últimas noticias en tu correo una vez al mes.