El juez considera que el Gobierno local vulneró el derecho a la asistencia letrada de los agentes. El proceso judicial se inició tras una demanda del Sindicato de Policías y Bomberos (SPPLB).
El Sindicato de Policías y Bomberos (SPPLB) ha hecho público, a través de un comunicado de prensa, que dos sentencias dictadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Valencia han anulado los expedientes disciplinarios por los que fueron sancionados tres agentes de la Policía Local de Tavernes de la Valldigna. En estas sentencias, según el sindicato, se concluye que “durante la instrucción se vulneró gravemente el derecho de defensa de los policías, concretamente al derecho a la asistencia letrada”.
El motivo de los dos primeros expedientes se remonta a mediados del año 2015, cuando un agente de la Policía Local que había olvidado sus pertenencias en su lugar de trabajo entró fuera de su jornada laboral al Ayuntamiento para recogerlas.
Tras ello, el Jefe de la Policía elevó expediente disciplinario tanto al agente como al oficial de servicio por no haberle informado de ello, no obstante, no fue hasta un año después cuando se iniciaron los expedientes, coincidiendo con la incorporación de dos inspectores de policía cuyos nombramientos han sido anulados en una sentencia que no es firme, a partir de una demanda presentada por el sindicato SPPLB, del que es representante uno de los inculpados.
Por lo que respecta al tercer policía, agente en situación de segunda actividad por enfermedad, se le acusaba, entre otros motivos, de acosar al Jefe de Policía y fingir las limitaciones que le provocan sus enfermedades.
“A pesar de los argumentos, la concejala de Seguridad Ciudadana, Llum Sansaloni, siguió con el trámite de los expedientes y avaló la instrucción llevada a cabo por los dos Instructores que había designado, casualmente los dos Inspectores de la Policía Local que vieron sus nombramientos anulados”, apuntaron las fuentes. Es ahora cuando el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 5 de Valencia en los dos primeros casos, y el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 8 en el tercero, ha anulado los expedientes a estos funcionarios, condenando en costas al Ayuntamiento.
La estimación del recurso a los agentes por parte del juez se centra en la vulneración del derecho a la asistencia letrada que sufrieron durante la instrucción del expediente. En las declaraciones los Inspectores vetaron a los abogados de los inculpados su asistencia y participación en las declaraciones testificales, vulnerando con ello los principios de contradicción y derecho de defensa que inspira el procedimiento disciplinario en la Policía Local, y que el Tribunal Constitucional avala para cualquier momento del procedimiento. Incluso estando presentes los letrados en el retén para las declaraciones, los Inspectores no permitieron la entrada impidiendo con ello garantizar el derecho de defensa.
“Asimismo, durante la instrucción hubo una serie de irregularidades que fueron informadas a la edil, incluida la falta de admisión como prueba de la declaración como testigo del Jefe de la Policía Local, al ser quien informaba para iniciar los expedientes, e incluso el supuestamente acosado, siendo denegada por los Inspectores esta declaración alegando que era innecesaria para la instrucción”, añadieron.
Es decir, que sin la declaración del denunciante y sin permitir la presencia de los abogados en aquellas testificales que fueron admitidas, el Ayuntamiento avaló los expedientes y sancionó a los tres Policías Locales con hasta dos meses de suspensión de empleo y sueldo.
El sindicato concluye afirmando que “existe en el colectivo de la Policía Local de Tavernes un gran malestar, situación que a pesar de ser conocida por el alcalde, Jordi Juan, está siendo permitida, dando la espalda a los empleados con su inactividad”.
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