Desde hace ya algún tiempo, con la limitación de los horarios de los locales de ocio y restauración, por las medidas dictadas por el Consell, con ocasión de la pandemia por COVID, cada vez son más frecuentes las celebraciones de fiestas ilegales en viviendas y locales privados sin licencia de actividad. Y sin las medidas de emergencia exigibles en dichos establecimientos, es decir, que tras el cierre de los locales de ocio a las 18 horas, la fiesta y diversión se traslada a estos espacios, con los efectos y molestias sobre el resto de los vecinos donde se enclavan dichas viviendas y locales.
Al objeto de centrar la problemática del ruido y las relaciones de vecindad, debemos advertir que dicha problemática no es un tema baladí, sino de relevancia constitucional, ya que, como han venido pronunciándose los Tribunales, los ruidos transmitidos a las viviendas pueden constituir una intromisión ilegitima perjudicial y nociva, vulneradora del derecho fundamental a la intimidad personal y familiar en el ámbito domiciliar.
Por otro lado, hay que decir, que nos encontramos en una situación excepcional e imprevista, teniendo que lidiar la Administración, con las herramientas legislativas existentes, a la vez, que se espera una respuesta del legislador en aras de acometer algunas reformas legislativas.
Unas reformas que pongan solución al conflicto de intereses, entre el riesgo cierto que suponen dichas fiestas ilegales, con la congregación de personas en un ámbito cerrado y sin distancia de seguridad, para la salud y la integridad de las personas (no solo de ellos, sino también de terceros). Además, vulneran el derecho de los vecinos al descanso, pudiendo suponer el ruido y las molestias claras intromisiones ilegitimas vulneradoras del derecho fundamental a la intimidad personal, mientras se mantiene el derecho fundamental a la privacidad del domicilio de los denunciados.
Recientemente, han aparecido noticias de la problemática en Madrid, con turistas de fines de semana, que acuden a fiestas organizadas, y claro está, Alicante no iba a ser la excepción, antes al contrario, dada sus características y tradicional tardeo. De hecho, los fines de semana, la Policía Local tiene que acudir a numerosos servicios por molestias de ruido debido a las fiestas privadas.
La herramienta legal con la que cuenta la Policía Local es la Ordenanza Municipal sobre protección contra ruidos y vibraciones, que, en su artículo 21, prohíbe cualquier actividad perturbadora del descanso ajeno en el interior de las viviendas, en especial desde las 22:00 horas hasta las 8:00 horas, como fiestas, juegos, arrastre de muebles y enseres, reparaciones materiales o mecánicas de carácter doméstico, etc.
Sin embargo, para el supuesto de negativa a colaborar o la desobediencia a las órdenes de los agentes, pueden acogerse a la infracción a la ley orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, la cual establece.
Y además se informa a los vecinos denunciantes de la posibilidad de instar al Presidente o Administrador de la Comunidad de Propietarios, la posibilidad de acudir a la acción de cesación del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, señala que por actividades molestas debemos entender aquellas “prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.
No obstante, hay que reconocer que no es un tema sencillo de solucionar, ya que, siendo fiestas en domicilios, la Policía no puede entrar sin la preceptiva orden judicial, salvo que observasen que se está cometiendo un delito flagrante o si lo permiten voluntariamente los ocupantes.
Para finalizar, solicitamos que el legislador autonómico revise su ámbito de intervención, al objeto de dotar de herramientas para la fiscalización e inspección de policía administrativa, pidiendo a su vez a la ciudadanía, un poco de sensatez y sentido común, para evitar una nueva ola de contagios.
Pedro Calero. Secretario Local del Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos en Alicante