El Alcalde de Alajeró, Manuel Ramón Plasencia Barroso, valiéndose del antiguo Secretario de la Corporación, incoó un expediente de responsabilidad patrimonial al único Policía Local que tiene el Consistorio, mediante un procedimiento plagado de incorrecciones. Dicho procedimiento nace a raíz de un accidente de tráfico ocurrido en las cocheras municipales, absolutamente fortuito, y que el primer edil aprovechó para sancionar insólitamente al Agente con casi 3.000 euros.
Finalmente, el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, ha sentenciado que no sólo no existió dolo (mala fe) por parte del Policía Local, sino que tampoco hubo culpa o negligencia grave, estimando íntegramente las pretensiones del Agente. Asimismo, la resolución judicial, contra la que no cabe recurso alguno, impone la condena en costas al Ayuntamiento de Alajeró, quien deberá devolver la cantidad abonada por el Agente, así como el pago de los honorarios de los profesionales implicados en el proceso judicial.
En sintonía con lo afirmado en febrero de 2020, el Secretario Autonómico del SPPLB, Zebenzuí González Rancel, comunica que “la inquina del Alcalde de Alajeró contra este Agente raya la paranoia. Ya son varias sentencias ganadas, en las que se ha demostrado la ligereza con la que actúa este señor, si bien es el pueblo el que tendrá que sufrir el coste económico de sus innumerables equivocaciones”.
EL AYUNTAMIENTO DE ALAJERÓ, NUEVAMENTE CONDENADO POR UN JUZGADO
- El Alcalde de Alajeró incoó un expediente a su único Policía Local, a quien la justicia le da la razón íntegramente, condenando al Consistorio al pago de las costas procesales.
Tal y como ocurriera el pasado año 2020, la jurisdicción contencioso-administrativa vuelve a darle la razón a un funcionario del Ayuntamiento de Alajeró, quien ha visto reconocida su pretensión tras más de dos años de pleitos. El Alcalde de Alajeró, Manuel Ramón Plasencia Barroso, valiéndose del antiguo Secretario de la Corporación, incoó un expediente de responsabilidad patrimonial al único Policía Local que tiene el Consistorio, mediante un procedimiento plagado de incorrecciones. Dicho procedimiento nace a raíz de un accidente de tráfico ocurrido en las cocheras municipales, absolutamente fortuito, y que el primer edil aprovechó para sancionar insólitamente al Agente con casi 3.000 euros. Finalmente, el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, ha sentenciado que no sólo no existió dolo (mala fe) por parte del Policía Local, sino que tampoco hubo culpa o negligencia grave, estimando íntegramente las pretensiones del Agente. Asimismo, la resolución judicial, contra la que no cabe recurso alguno, impone la condena en costas al Ayuntamiento de Alajeró, quien deberá devolver la cantidad abonada por el Agente, así como el pago de los honorarios de los profesionales implicados en el proceso judicial.
En sintonía con lo afirmado en febrero de 2020, el Secretario Autonómico del SPPLB, Zebenzuí González Rancel, comunica que “la inquina del Alcalde de Alajeró contra este Agente raya la paranoia. Ya son varias sentencias ganadas, en las que se ha demostrado la ligereza con la que actúa este señor, si bien es el pueblo el que tendrá que sufrir el coste económico de sus innumerables equivocaciones”.
En Santa Cruz de Tenerife, a 09 de abril de 2021.